Pablo Javier Manzano, CFO Incutex
Muchas veces surge la duda de cómo emprender con tanta presión fiscal y normativa que nos abruma. La realidad es que existe una configuración optima según el desarrollo de nuestro emprendimiento.
Mientras nos encontramos en una etapa inicial o de validación de nuestro producto o servicio lo más recomendable es la inscripción como monotributistas. Se trata de un régimen simplificado donde según nuestra facturación, consumo de energía eléctrica o tamaño del local afectado a la actividad o monto del alquiler, se determina un monto fijo mensual que debemos pagar y que reemplaza al IVA y ganancias. Esto nos permite gestionar una cuenta bancaria y estar operativos rápidamente.
Si nuestro emprendimiento va bien, los montos que facturamos exceden los limites permitidos por el monotributo y queremos la recaudación este a nombre de todos los socios, entonces llegó el momento de constituir una SAS (Sociedad Anónima Simplificada). Constituirnos bajo la figura de una sociedad supone que tengamos que migrar de monotributistas al régimen general, lo cual implica una carga administrativa de presentar todos los meses IVA y, una vez al año, el impuesto a las ganancias.
Para poder gestionar la SAS hay que tramitarla vía web en la pagina de inspección de personas jurídicas con ciudadano nivel dos. Las SAS tiene un objeto social amplio, predeterminado, y un contrato social tipo que debemos adoptar si queremos un trámite express. Posteriormente ya con la inscripción de la sociedad, y estando operativos trabajando, existirá tiempo para gestionar los cambios .
Además, tomando la figura de una sociedad, acotamos el riesgo y la responsabilidad de nuestro rol comercial al capital aportado y todo lo recaudado a nombre de la sociedad en proporción a la tenencia accionaria de cada uno de los socios. Esto evita problemas, ya que está clara la propiedad de la compañía según la tenencia accionaria de cada socio.
Si de buscar inversores se trata resulta indispensable ya haber adoptado una figura jurídica de sociedad para poder realizar la ronda de inversión y poder emitir o ceder las acciones al nuevo inversor que aporta dinero. Para ello se debe pasar una etapa o proceso llamado Due Dilligence donde el inversor recopilará datos y pedirá documentos para estar seguro de dónde está invirtiendo.
En caso de que no tengamos éxito y decidamos no continuar con la actividad comercial, es recomendable dar de baja todo lo que fuimos dando de alta para no encontrarnos con intereses o imposibilidades en el futuro.